Fuente http://chuyibarra.blogspot.com enero 22, 2010
Introducción
Con harta frecuencia se encuentran afirmaciones, entre quienes
tienen acceso a la publicación en los medios y por lo tanto son quienes pueden participar en la formación de la opinión pública, sobre los procesos electorales y sus resultados, en el sentido de que si no se han presentado conflicotos, sobre todo como los habidos en el 2006, es porque ahora sí, y desde 1997, los votos se cuentan bien, colocando incluso en esta tesitura los de la elección presidencial última.
Basta con la formulación de estas ideas para crear esta percepción entre la población, sin mayor sustento si no es necesario en tanto que nadie ha podido presentar, eso dicen, pruebas duras, ignorando lo que en este espacio se han publicitado no sólo con las actas correspondientes sobre el fraude electoral, sino exponiendo la metodología que tiene como centro los votos de los ciudadanos y las inconsecuencias entre las sumas de votos de dos de las elecciones, que muestran grandes diferencias cuando se exige, logicamente, que ambas sean iguales en correspondencia con el mismo número de electores en una casilla.
Este informe trata sobre las actas inconsistentes, las declaradas así por el IFE y las que, de acuerdo con las necesidades de aseguramiento del principio constitucional de certeza, deben cumplirse y no es así, por lo que la tesis de que ahora sí se cuentan bien los votos puede echarse por tierra con argumentos y pruebas, las que serán solicitadas al IFE en su momento, las actas de escrutinio y cómputo.
Veamos pues.
Con harta frecuencia se encuentran afirmaciones, entre quienes
tienen acceso a la publicación en los medios y por lo tanto son quienes pueden participar en la formación de la opinión pública, sobre los procesos electorales y sus resultados, en el sentido de que si no se han presentado conflicotos, sobre todo como los habidos en el 2006, es porque ahora sí, y desde 1997, los votos se cuentan bien, colocando incluso en esta tesitura los de la elección presidencial última.
Basta con la formulación de estas ideas para crear esta percepción entre la población, sin mayor sustento si no es necesario en tanto que nadie ha podido presentar, eso dicen, pruebas duras, ignorando lo que en este espacio se han publicitado no sólo con las actas correspondientes sobre el fraude electoral, sino exponiendo la metodología que tiene como centro los votos de los ciudadanos y las inconsecuencias entre las sumas de votos de dos de las elecciones, que muestran grandes diferencias cuando se exige, logicamente, que ambas sean iguales en correspondencia con el mismo número de electores en una casilla.
Este informe trata sobre las actas inconsistentes, las declaradas así por el IFE y las que, de acuerdo con las necesidades de aseguramiento del principio constitucional de certeza, deben cumplirse y no es así, por lo que la tesis de que ahora sí se cuentan bien los votos puede echarse por tierra con argumentos y pruebas, las que serán solicitadas al IFE en su momento, las actas de escrutinio y cómputo.
Veamos pues.
La información
El Instituto Federal Electoral complica la información de los resultados electorales lo más posible, de modo que para hacer un estudio consistente se obliga a tratar de entender las formas en que se presenta, con los riesgos de una interpretación fallida y presentar un estudio con errores.
Sólo un ejemplo: El mayor problema se presenta en la información de las casillas especiales en las que pueden votar los ciudadanos en tránsito que se encuentran fuera de la entidad y/o el distrito de su residencia (vivienda en la que comen y duermen regularmente); pero en ellas sólo pueden sufragar por los diputados de representación proporcional si se encuentran en la circunscripción correspondiente a su domicilio y fuera de su entidad o por la de representación proporcional y la de mayoría relativa si se encuentran en su entidad pero fuera de su distrito.
Son estas las únicas casillas en las que los funcionarios de casilla se ven obligados a producir dos actas de escrutinio y cómputo, una para diputados de mayoría relativa y otra para el de representación proporcional; cada una de estas actas se diferencia por un numero (que en el 2006 apareció en la esquina superior derecha y que en estas de 2009, para los diputados de mayoría relativa correspondió el número 3 y para el de representación proporcional el 4. Insisto, si no me he equivocado pues no hay ninguna otra indicación en el archivo de resultados del PREP, que es en el que estos valores aparecen en la variable "Tipo de acta".
Para los resultados de los cómputos distriatales esta variable ya no aparece y sí, en cambio, se tiene la variable que es semejante a la del PREP: "Tipo de candidatura", con valores de "Mayoría relativa" y "Representación proporcional".
Como parte del ejercicio de análisis es el de cotejar las votaciones registradas en el PREP, para cada casilla, con las del cómputo distrital, el empate se torna en un proceso tortuoso pues es necesario determinar la misma nomenclatura de casilla para ambos archivos, con el consiguiente consumo de tiempo y energía, aunque esto último se reduce con una sola elección federal, en contraste con la que se destina cuando son las tres, como en 2006.
Aún con esas dificultades lo cierto es que, a pesar de posibles errores en el estudio, lo correspondiente a las casillas básicas, contiguas y extraordinarias son perfectamente comparables, con mínimos problemas en cuanto a la formación de la nomenclatura de actas y casillas.
Como en el trabajo de comparaciones de las elecciones de 2006, la clave única de casilla que hemos adoptado tiene la forma C1905092201C01, con los siguientes significados:
El Instituto Federal Electoral complica la información de los resultados electorales lo más posible, de modo que para hacer un estudio consistente se obliga a tratar de entender las formas en que se presenta, con los riesgos de una interpretación fallida y presentar un estudio con errores.
Sólo un ejemplo: El mayor problema se presenta en la información de las casillas especiales en las que pueden votar los ciudadanos en tránsito que se encuentran fuera de la entidad y/o el distrito de su residencia (vivienda en la que comen y duermen regularmente); pero en ellas sólo pueden sufragar por los diputados de representación proporcional si se encuentran en la circunscripción correspondiente a su domicilio y fuera de su entidad o por la de representación proporcional y la de mayoría relativa si se encuentran en su entidad pero fuera de su distrito.
Son estas las únicas casillas en las que los funcionarios de casilla se ven obligados a producir dos actas de escrutinio y cómputo, una para diputados de mayoría relativa y otra para el de representación proporcional; cada una de estas actas se diferencia por un numero (que en el 2006 apareció en la esquina superior derecha y que en estas de 2009, para los diputados de mayoría relativa correspondió el número 3 y para el de representación proporcional el 4. Insisto, si no me he equivocado pues no hay ninguna otra indicación en el archivo de resultados del PREP, que es en el que estos valores aparecen en la variable "Tipo de acta".
Para los resultados de los cómputos distriatales esta variable ya no aparece y sí, en cambio, se tiene la variable que es semejante a la del PREP: "Tipo de candidatura", con valores de "Mayoría relativa" y "Representación proporcional".
Como parte del ejercicio de análisis es el de cotejar las votaciones registradas en el PREP, para cada casilla, con las del cómputo distrital, el empate se torna en un proceso tortuoso pues es necesario determinar la misma nomenclatura de casilla para ambos archivos, con el consiguiente consumo de tiempo y energía, aunque esto último se reduce con una sola elección federal, en contraste con la que se destina cuando son las tres, como en 2006.
Aún con esas dificultades lo cierto es que, a pesar de posibles errores en el estudio, lo correspondiente a las casillas básicas, contiguas y extraordinarias son perfectamente comparables, con mínimos problemas en cuanto a la formación de la nomenclatura de actas y casillas.
Como en el trabajo de comparaciones de las elecciones de 2006, la clave única de casilla que hemos adoptado tiene la forma C1905092201C01, con los siguientes significados:
-
C = Casilla (recurso adoptado para evitar que, antes de la letra E de una casilla extraordinaria y seguida por dos dígitos, Excel la interprete como un número en forma exponencial; -
19 = Código de la entidad, en este caso de Nuevo León, cada uno con dos dígitos; -
05 = Código de distrito federal; -
0922 = Código de sección; -
01 = Código correspondiente al identificador de casilla; -
C = Tipo de casilla (B para básica, E para extraordinaria y S para especial), Contigua; y -
01: Código correspondiente al número de casilla, contigua en este ejemplo.
Como he podido descifrar los correspondientes códigos de las casillas especiales, tanto de las registradas en el PREP como en los cómputos distritales, que con diferentes variables y valores aparecen en cada uno, para hacer el cotejo las he separado en hojas distintas las de mayoría relativa y de representación proporcional y evitar con ello posibles errores de empate.
Este informe tiene el propósito, por una parrte, advertir de las dificultades en el entendimiento de la información que presenta el IFE y que debería ser homologa en ambos archivos, PREP y Cómputo Distrital, y por otra para sugerir a las representaciones de los partidos políticos en el Consejo General para que se promueva esta uniformidad de la información, utilizando los mismos códigos para las variables comunes en ambos archivos y con la misma estructura.
No hay comentarios:
Publicar un comentario